jueves, 5 de mayo de 2011

Informe Abal Medina a la SIP

Buenos Aires, 4 de mayo (Télam).- El secretario de Comunicación Pública, Juan Manuel Abal Medina, entregó hoy a la delegación de la Sociedad Interamericana de Prensa - SIP- que visita nuestro país un informe sobre las "principales políticas públicas tendientes a democratizar los servicios de comunicación en Argentina y garantizar la libertad de expresión".
El siguiente es el contenido de este documento, incluido en el Apartado I que el funcionario brindó a la delegación de la SIP:

Ley de servicios de comunicación audiovisual.
La demanda por una nueva ley de servicios de comunicación audiovisual que reemplazara el marco regulatorio impuesto por la dictadura fue uno de los ejes en torno de los cuales se agruparon, desde 1983, diferentes organizaciones de la sociedad civil, sindicatos y universidades que impulsaban la democratización de las comunicaciones.
Este núcleo de movilización inicial fue el origen de la Coalición por una Radiodifusión Democrática, que se consolidó a partir de la definición de 21 puntos básicos de acuerdo.
En abril de 2008, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner asumió el compromiso público de elaborar un nuevo proyecto de ley que contemplara los principios propuestos por los actores sociales e institucionales nucleados en la Coalición.
La propuesta se presentó el 18 de marzo de 2009. Además de la labor sostenida por este conjunto de organizaciones durante más de dos décadas, la nueva ley que finalmente se aprobó en el Congreso sumó un proceso de consulta pública que incluyó la realización de 23 foros en distintas ciudades del país, y permitió la incorporación de más de 200 aportes de la sociedad civil al texto original.
El proyecto tuvo una intensa discusión en el Parlamento y obtuvo el apoyo de diversos bloques de la oposición, ampliando de este modo aún más su base de legitimidad política y social.
Los principales lineamientos del nuevo marco normativo son:
1) Democratización y universalización
La regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia tienen como fines el abaratamiento, la democratización y la universalización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
2) Servicios de comunicación audiovisual
Se considera a la comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes una actividad social de interés público, de carácter esencial para el desarrollo socio-cultural de la población, por el cual se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones sin ningún tipo de censura.
3) Órganos colegiados
Se crea la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, un órgano autárquico y descentralizado, que tiene como función la aplicación, la interpretación y el cumplimiento de la ley. Su directorio estará conformado por un presidente y un director designados por el Poder Ejecutivo, tres directores propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, correspondiendo uno a la primera minoría, uno a la segunda minoría y uno a la tercera minoría parlamentarias; y dos directores a propuesta del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. A la Autoridad se suma el Consejo Federal cuyos miembros representan a todas las provincias del país, los prestadores privados, las emisoras universitarias, los medios públicos y los trabajadores de la comunicación.
4) Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual
La ley prevé la creación de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, un organismo encargado de recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión. Será designado por resolución conjunta de los presidentes de ambas Cámaras.
5) Abono social
Los servicios de televisión por cable deberán disponer de un abono social. Esta disposición atiende a que, en ciertos sitios, el prestador de servicio de radiodifusión por suscripción a título oneroso, es el único servicio que existe para ver televisión. Se busca que todos los habitantes tengan acceso a los servicios de radiodifusión y comunicación audiovisual.
6) Desmonopolización
Con el fin de impedir la formación de monopolios y oligopolios, el proyecto de ley pone límites a la concentración, fijando topes a la cantidad de licencias y por tipo de medio. Un mismo concesionario sólo podrá tener una licencia de servicio de comunicación audiovisual sobre soporte satelital; hasta 10 señales sonoras, de televisión abierta o cable (la ley actual permite que una persona sea dueña de y hasta 24 licencias de radiodifusión por suscripción. A ningún operador se le permitirá que dé servicios a más del 35 por ciento del total de la población del país o de los abonados, en el caso que corresponda. Por otra parte, quien maneje un canal de televisión abierta no podrá ser dueño de una empresa de distribución de TV por cable en la misma localidad, y viceversa. También se impide que las compañías telefónicas brinden servicios de televisión por cable.
7) Titulares de las licencias
El proyecto establece que para ser titular de una licencia se ponderarán criterios de idoneidad y de arraigo en la actividad. Excluirá a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto, atendiendo a la importancia de los medios en la construcción del Estado de Derecho y la vida democrática. Cuando el prestador del servicio fuera una sociedad comercial deberá tener un capital social de origen nacional, permitiéndose la participación de capital extranjero sólo de hasta un máximo del 30% del capital accionario.
8) Participación de cooperativas
A diferencia de la ley que se encontraba vigente, cuyo carácter discriminatorio e inconstitucional había sido denunciado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en diversos fallos, la nueva regulación permite la participación de cooperativas.
9) Plazo de las licencias
La operación de los medios audiovisuales se hará, según la propuesta, por sistema de licencias, las cuales durarán diez años y se podrán prorrogar por diez años más, previa realización de audiencias públicas. Quienes hayan obtenido una renovación o prórroga, no podrán solicitar una nueva extensión de plazo por ningún título.
Las condiciones para el otorgamiento de licencias serán controladas cada dos años, para evitar que con la incorporación de nuevas tecnologías -la digitalización- un licenciatario multiplique sus señales, generando un nuevo modo de concentración.
10) Más contenidos nacionales
Los servicios de televisión abierta deberán emitir un mínimo del 60% de producción nacional; con un mínimo del 30% de producción propia que incluya informativos locales.
Los servicios de televisión por cable no satelital deberán incluir como mínimo una señal de producción local propia. También deberán incluir en su grilla de señales originadas en países del MERCOSUR y en países latinoamericanos.
Las radios privadas deberán emitir un mínimo de 50% de producción propia, que incluya noticieros o informativos locales. El 30% de la música emitida deberá ser de origen nacional. Quedarán eximidas emisoras dedicadas a colectividades extranjeras o temáticas.
11) Igualdad de oportunidades
Las emisiones de televisión abierta y la señal local de producción propia de los sistemas de cable deben incorporar medios de comunicación visual adicional en el que se utilice subtitulado oculto, lenguaje de señas y audio descripción, para la recepción por personas con discapacidades sensoriales, adultos mayores y otras personas que puedan tener dificultades para acceder a los contenidos.
12) Acceso universal para la transmisión de eventos deportivos
Se garantiza el derecho al acceso universal -a través de los servicios de comunicación audiovisual- a los contenidos informativos de interés relevante y de acontecimientos deportivos de encuentros futbolísticos u otro género o especialidad. Los partidos de fútbol y otros encuentros olímpicos que sean de interés para la Argentina se transmitirán por la televisión abierta de acceso libre.
13) Publicidad
Se regula el tiempo de emisión de publicidad con el objetivo de proteger al público contra un exceso de interrupciones publicitarias y promover un modelo de radio y televisión de calidad.
14) Nuevas tecnologías y servicios
A diferencia de la ley anterior, la propuesta contempla el potencial impacto que provocaría la incorporación de nuevas tecnologías y servicios que no se encuentren operativas en la actualidad. Se procura un desarrollo armónico atendiendo a los espacios futuros a crearse por vía de los procesos de digitalización, en los que la pluralidad debe ser garantizada.
15) Radio y televisión estatales más participativos
Se crea Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado, que reunirá a todos los servicios de radiodifusión sonora y televisiva que en este momento se encuentra bajo la órbita del Estado Nacional. El Directorio estará integrado por siete miembros, con un presidente y un director designado por el Poder Ejecutivo y tres directores propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, uno por la primera minoría, otro por la segunda y otro por la tercera. Y se crea un Consejo Consultivo Honorario de los Medios Públicos que garantiza mayor participación social.
16) Medios municipales y provinciales
Se reserva para cada Estado Provincial y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una frecuencia AM, una FM y una de televisión abierta. Cada Estado Municipal tendrá reservada una frecuencia FM.
17) Más voces de la sociedad civil
Se reserva el 33% de las localizaciones radioeléctricas planificadas, en todas las bandas de radiodifusión sonora y de televisión terrestres, en todas las áreas de cobertura, para las organizaciones sin fines de lucro. Además, los pueblos originarios serán autorizados para la instalación y funcionamiento de radios AM y FM y así como de señales de televisión abierta.
18) Medios universitarios y educativos
Las Universidades Nacionales podrán ser titulares de autorizaciones para la instalación y explotación de servicios de radiodifusión. Deberán dedicar espacios relevantes de su programación a la divulgación del conocimiento científico, a la extensión universitaria y a la creación y experimentación artística y cultural.
19) Televisión e infancia
Se prevé la creación de un Fondo de Fomento Concursable para la Producción de Programas de Televisión de Calidad para Niños, Niñas y Adolescentes que tendrá como objetivo desarrollar estrategias que permitan producir más televisión y radio de carácter educativo, cultural e infantil.
20) Cine nacional
Se establece, por primera vez, la fijación de una cuota de pantalla. Los canales de televisión abierta y de cable deberán exhibir de forma obligatoria y en estreno televisivo ocho películas nacionales por año. La ley actual no contempla ninguna normativa de promoción del cine nacional.
A principios de julio de 2010, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), creada como institución de aplicación de la nueva normativa, dio inicio a un proceso participativo para la elaboración del decreto reglamentario de la Ley 26 522. El mecanismo incluyó la realización de foros en todo el país, coordinados por el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, que reunió las propuestas presentadas. La reglamentación fue aprobada el 1 de septiembre del mismo año a través del Decreto Nº1225/20102.
Despenalización de las calumnias e injurias para expresiones referidas a temas de interés público.
El proyecto fue presentado por el Poder Ejecutivo Nacional y sancionado por amplia mayoría en la Cámara de Diputados y por unanimidad en el Senado de la Nación el 18 de noviembre de 2009. Como resultado de este proceso, se promulgó la Ley 26 513 que deroga la figura de calumnias e injurias como delito penal para expresiones referidas a asuntos de interés público, eliminando la pena de prisión e introduce la figura de la "real malicia" para juzgar la responsabilidad de los imputados. Se trata de un viejo y extendido reclamo de periodistas de todas las ideologías y de organismos vinculados a la defensa de la libertad de expresión -entre ellos, la organización que ustedes representan- para evitar las presiones por vía judicial de los poderes públicos ante manifestaciones que pudieran considerar desfavorables.
El gobierno envió el proyecto en cumplimiento de una decisión adoptada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en un caso impulsado por la iniciativa de organizaciones de la sociedad. Se trata del caso de Eduardo Kimel, un periodista que en el año 2000 había sido condenado penal y civilmente por haber llevado adelante una investigación seria y comprometida sobre el asesinato de cinco religiosos católicos cometido por un grupo de tareas que respondía a las fuerzas armadas en 1976, durante la última dictadura militar. Kimel fue condenado a un año de prisión y sanciones patrimoniales. Tras agotar la vía judicial en nuestro país, el caso fue llevado a la Comisión Interamericana que, en 2007, demandó al Estado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y, de esta manera, puso por primera vez un litigio argentino en materia de libertad de expresión a consideración del máximo tribunal regional.
Desde la recuperación de la democracia, la persecución penal a quienes toman la voz pública fue un recurso utilizado por funcionarios, dirigentes políticos y empresarios para impedir el ejercicio de la libertad de expresión. La sanción de una legislación conforme a los estándares del Sistema Interamericano en la materia fue postergada una y otra vez por los sucesivos gobiernos democráticos y tampoco lograron prosperar diversas iniciativas impulsadas en el Congreso. El único avance al respecto había tenido lugar en 1993, con la derogación de la figura de desacato a partir de un litigio internacional que concluyó con un acuerdo de solución amistosa firmado ante la Comisión Interamericana. Sin embargo, derogada esta figura, los procesos contra periodistas y ciudadanos en general lejos de frenarse, se incrementaron a lo largo de toda la segunda mitad de la década del `90, bajo la forma de querellas por calumnias e injurias. Este avance fue reconocido por organizaciones internacionales dedicadas al monitoreo del estado de la libertad de expresión y las condiciones de ejercicio de la labor periodística en todo el mundo.
Así, el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ) felicitó mediante un comunicado a las autoridades argentinas por la sanción de este proyecto. Carlos Lauría, coordinador del programa de las Américas del CPJ, consideró que la reforma representa "un paso importante hacia el avance de la libertad de expresión en Argentina y marca un hito en la campaña para despenalizar la difamación en América Latina".
Por su parte, la organización Reporteros Sin Fronteras estimó que "la reforma impulsada por el gobierno argentino, y aprobada por el Congreso, significa una gran mejora legislativa en favor de la libertad de expresión".
A partir de la aprobación de la reforma y de la sanción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que la organización apoyó de manera explícita, Reporteros Sin Fronteras (RSF) consideró que la situación general para el ejercicio de la labor periodística en Argentina había mejorado en 2009. Esto motivó que el país subiera 21 puestos en el ranking anual elaborado por RSF, para ubicarse en el número 47 al cierre del año.
Proyecto de ley para declarar de interés público la producción, distribución y comercialización de pasta celulosa y de papel de diario
El Poder Ejecutivo propuso al Parlamento la creación de una comisión bicameral permanente "de seguimiento de la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa de papel para diarios", que debería tener a su cargo la evaluación de un nuevo proyecto de ley que precisara el marco regulatorio de esta actividad.
Ese segundo proyecto fue elaborado también por iniciativa del Ejecutivo, luego de la realización de más de una decena de foros en todo el país y de la celebración de audiencias públicas en la Cámara de Diputados, y fue presentado en el Congreso a mediados de octubre.
El proyecto contempla la declaración de interés público para la actividad y fija un precio igualitario para todos los compradores de papel. Crea también un órgano de aplicación específico encargado de velar por su cumplimiento: la Autoridad Federal para el Control y Seguimiento de la Producción, Distribución y Comercialización del Papel de pasta celulosa para diarios (AFePDiCoP), en el ámbito del Ministerio de la Producción.
Además, establece que ninguno de los futuros propietarios de Papel Prensa podrá tener más de un 33% de las acciones y prohíbe ser accionistas a todas aquellas sociedades o personas físicas que posean más del 10% del capital accionario de un medio gráfico y/o audiovisual.
Sistema de Televisión Digital Abierta
La Televisión Digital Abierta (TDA) es el Plan social del Estado argentino anclado en la tecnología de la Televisión Digital Terrestre y la Televisión Directa al Hogar que se propone garantizar un incremento en la calidad de la TV respecto de los contenidos (educación, cultura y entretenimiento), la calidad de imagen y sonido, la participación ciudadana, la inclusión social, la generación de puestos de trabajo, el fortalecimiento de la Industria Nacional y la cobertura televisiva en todo el país.
Los objetivos generales que persigue este plan son los siguientes:
Promover la inclusión social, la diversidad cultural y el idioma del país a través del acceso a la tecnología digital, así como la democratización de la información;
Facilitar la creación de una red universal de educación a distancia;
Estimular la investigación y el desarrollo, así como fomentar la expansión de las tecnologías e industrias de la República Argentina relacionadas con la información y comunicación;
Planificar la transición de la televisión analógica a la digital con el fin de garantizar la adhesión progresiva y gratuita de todos los usuarios;
Optimizar el uso del espectro radioeléctrico;
Contribuir a la convergencia tecnológica;
Mejorar la calidad de audio, video y servicios;
Alentar a la industria local en la producción de instrumentos y servicios digitales;
Promover la creación de puestos de trabajo y la capacitación de los trabajadores en la industria tecnológica.
La gratuidad del servicio de la TDA es una decisión del Estado argentino basada en la determinación de dar acceso a los ciudadanos, independientemente de su situación económica. La idea es que las nuevas tecnologías, ancladas en políticas públicas y sociales, puedan realmente ayudar a generar igualdad de oportunidades para todos.
En los últimos meses se han instalado 150 antenas satelitales en escuelas rurales y se han distribuido de forma gratuita decodificadores en distintas zonas del país a ciudadanos de escasos recursos.
Acceso a la Información
Desde 2003, con la promulgación del Decreto 11726, el ex presidente Néstor Kirchner puso al Ejecutivo a la cabeza de las iniciativas para facilitar el acceso a la información pública y al día de hoy sigue siendo el único poder del Estado que cuenta con una regulación específica que ampara el ejercicio de este derecho.
Con posterioridad a ese decreto, la Secretaría Legal y Técnica de la presidencia garantizó mediante una resolución el acceso libre y gratuito a la base histórica de la primera sección del Boletín Oficial, que contiene las novedades de legislación y avisos oficiales, una medida que venía siendo largamente reclamada por organizaciones de la sociedad civil.
El Poder Ejecutivo impulsó también la desclasificación de toda la información vinculada con el accionar de las Fuerzas Armadas durante la última dictadura militar, con el objetivo de aportar pruebas para los juicios por crímenes de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado. El Decreto 4/2010, publicado el 6 de enero en el Boletín Oficial, releva toda clasificación de seguridad para los documentos del período 1976-1983, así como también para información producida fuera de ese lapso temporal, relacionada con la represión ilegal.

Producciones propias: Canal Encuentro, Pakapaka e Incaa TV
El gobierno -a través del Ministerio de Educación y Cultura de la Nación- ha generado tres señales propias de producción de contenidos con carácter federal y popular, que tiene el propósito explícito de rescatar la diversidad geográfica, cultural y étnica. Son canales que brindan formación y capacitación, apoyo a los programas escolares, generación de contenidos especialmente pensados para niños, transmisión de conocimiento nacional y difusión de las producciones locales de cine.
En un contexto donde la concentración ha tendido a reproducir de modo dominante los contenidos de carácter urbano, la experiencia de la televisión pública abierta en este último período, y particularmente del canal Encuentro, muestran un camino diferente, orientado a la defensa de los bienes culturales nacionales como un valor a fomentar y proteger.
El gobierno apuesta a dar sustento a largo plazo a la democratización de la comunicación con la televisión digital pública, una alternativa federal, democrática y de calidad a la televisión comercial, que facilite el acceso masivo a los contenidos producidos para las señales propias que hoy sólo pueden ver los abonados al cable.
"Deporte para Todos"
El Gobierno impulsó las medidas necesarias a fin de garantizar que todos los habitantes del territorio nacional, accedan sin restricciones y gratuitamente a todas las disciplinas deportivas y que este derecho no sea exclusivo de los hogares con posibilidades de abonar el servicio de televisión por cable.
Previamente, el gobierno nacional había garantizado el acceso gratuito de todos los ciudadanos a los partidos de fútbol de los diferentes torneos oficiales organizados por la Asociación de Fútbol Argentino (AFA), quien cedió en forma exclusiva los derechos de explotación primarios y secundarios de las imágenes y/o sonidos obtenidos en ocasión y desarrollo de cada uno de los encuentros de los torneos de fútbol de primera categoría que organiza, para su transmisión en vivo y en directo y/o en diferido, en Capital Federal, el interior y exterior del país.
De este modo, millones de habitantes en el territorio que habían quedado excluidos de la posibilidad de ser espectadores en directo de los eventos deportivos de mayor popularidad e inserción a nivel nacional, han recuperado en forma gratuita y sin restricción alguna ese derecho, garantizado por el Estado a través de la televisión abierta. (
Tomado de Télam http://www.telam.com.ar

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